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Todo lo que debes saber para dar de baja tu vehículo

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Somos Malasaña

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Resulta fundamental saber cuáles son los pasos para dar de baja un vehículo, y no solo por la necesidad de deshacerse del automóvil, sino porque de este modo se ahorra tiempo y dinero en gestiones. Veamos pues cuál es el proceso.

¿Qué documentos necesitarás?

Antes que nada, debemos llevar el coche a un CATV o desguace (por si tienes que realizar estos trámites en la capital, te dejamos un enlace a unos desguaces Madrid), ya que este es el mejor lugar para proceder a la descontaminación del vehículo y aprovechar todas aquellas piezas que contenga que puedan ser útiles. Necesitaremos: el permiso de circulación, el DNI del titular del automóvil, y la ficha técnica.

Existen determinadas situaciones en las que se necesitan otros documentos para realizar la tramitación, sobre todo las siguientes: cuando se quiere dar de baja un vehículo comercial, si el coche tiene algún tipo de embargo, si hay multas sin pagar, cuando se ha perdido la documentación del coche, en caso de que la matrícula sea extranjera y si el coche tiene una baja temporal.

¿De qué se encargará el desguace?

En el desguace se facilitan todas las tareas posibles a las personas que desean dar de baja sus vehículos, tramitando dichas bajas y pagando normalmente una cantidad al propietario del vehículo, tal como si se una compraventa se tratara.

El desguace entregará al propietario del vehículo los documentos de la baja del mismo que entrega la DGT, para confirmar que los procedimientos se han realizado de manera satisfactoria.

Casos especiales con una tramitación distinta

Hay casos de carácter excepcional en los que la tramitación de baja del vehículo es más complicada, por ejemplo cuando no tiene documentación, cuando el coche está financiado o si se está al cargo del coche de una persona fallecida. Vamos a ver con más detenimiento qué hacer en estos casos:

  • Si se ha perdido la documentación o ha sido robada, se debe conservar la ficha técnica para dar de baja el vehículo.
  • En caso de que el propietario del coche sea una persona fallecida ya, habrá que realizar el cambio de titular en la DGT, teniendo en cuenta la declaración de herederos o el testamento.
  • Cuando se trate de un coche financiado, en principio no se podrá dar de baja. Para conocer las cargas del vehículo habrá que consultar al Registro de Bienes Muebles provincial, o a la DGT.
  • Para regalar el coche a otra persona, lo que sería considerado una donación, no habrá que tramitar la baja del vehículo sino que bastará con realizar un cambio de titularidad. Este es un trámite que se puede hacer en una gestoría.
  • Finalmente, para vender el coche a un particular, hay que hacerse responsable del cambio de titularidad. Lo mejor es hacerlo también a través de una gestoría, teniendo presente que si el vehículo tiene vicios ocultos, se es responsable durante los 6 primeros meses a contar desde que se materializa la venta.
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