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Los coches con matrícula par no podrán circular por Madrid Centro el 29 de diciembre

La calle San Bernardino, en el centro de Madrid, sin tráfico este martes | SOMOS MALASAÑA

Diego Casado

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Los altos niveles de polución registrados en Madrid en las últimas horas han hecho que el Ayuntamiento de Madrid anuncie la activación para el jueves del escenario 3 del protocolo anticontaminación, que entre sus medidas incluye la prohibición de circular por la almendra central (interior de la M-30) a la mitad de los vehículos. La medida, aprobada por decreto, indica que este 29 de diciembre no podrán ponerse en marcha en el centro de la capitpor la almendra central de Madrid los coches con matrícula par.

La medida, que tiene importantes excepciones como que cualquier vehículo con tres o más ocupantes está exento de las restricciones (ver al final la lista completa), se pondrá en marcha a las 6.30 y permanecerá activa hasta las 21.00. Se combinará también con las actuaciones puestas en marcha hasta el momento, como la prohibición de aparcar en toda la zona SER de 9.00 a 21.00 y la limitación a 70 km/h en la M-30.

El Ayuntamiento ha anunciado el refuerzo en 55 líneas de autobús que gestiona la EMT, especialmente las que conectan la periferia con el centro de la capital. Además, ha pedido a la Comunidad de Madrid -a través del Consorcio Regional de Transportes- que adopte las medidas necesarias para garantizar la movilidad de los madrileños.

El consistorio que dirige Ahora Madrid ha anunciado que aplicará la medida“ al 100% de los vehículos municipales que no sean de servicios esenciales” y además recomienda “la no circulación de taxis libres, excepto ecotaxis y eurotaxis, por el centro de la ciudad, aunque pueden estacionar en las plazas azules del SER, además de en sus paradas habituales, a la espera de viajeros”.

Niveles máximos superados con creces

Niveles máximos superados con creces

La ampliación de medidas contra la contaminación tiene lugar después de que las restricciones a la velocidad en la M-30 aplicadas durante esta semana no hayan servido para bajar la polución que sufren los madrileños. En consecuencia y siguiendo el protocolo aprobado el pasado febrero, Madrid toma una medida inédita en nuestro país: la restricción a la circulación de coches por motivos ambientales.

[Editorial: Cortar la circulación, una decisión valiente y necesaria]

Este martes hasta cinco estaciones de medición de la zona centro superaron los 200 microgramos/m3 de dióxido de nitrógeno (NO2). A partir de dos estaciones con dos horas por encima de los 200 durante dos días se activa el escenario 3, que incluye las restricciones a la circulación. El lunes 26 de diciembre también superaron los máximos otras cinco estaciones.

El Ayuntamiento ya se vio en un episodio de contaminación similar a inicios del mes de noviembre y podría haber ejecutado la medida el día 1 de ese mes, pero prefirió no hacerlo para facilitar la vuelta del Puente de todos los Santos. Después la contaminación bajó y se desactivaron todas las actuaciones.

Medidas que se aplicarán el 29 de diciembre:

Medidas que se aplicarán el 29 de diciembre:

  • Restricción de la circulación en el interior de la almendra central (área interior de la M-30) de todos los vehículos cuya matrícula acabe en número par (excepto transporte público, transporte escolar, vehículos comerciales, ciclomotores, motos, bicicletas, vehículos “cero emisiones”, de personas con movilidad reducida y servicios esenciales).
  • Prohibición de estacionamiento de vehículos de no residentes en toda la zona SER durante su horario de funcionamiento (de 9.00 a 21.00).
  • Limitar la velocidad en la M-30 a 70 km/h y en las carreteras de acceso a Madrid (a partir de la M-40).
  • Medidas de promoción del transporte público
  • Se recomienda la no la circulación de taxis libres, excepto Ecotaxis y Eurotaxis, en el interior de la almendra central.

De la prohibición de circular estarían exentos:

De la prohibición de circular estarían exentos:

  • Transporte público colectivo
  • Bicicletas
  • Taxis
  • Vehículos de alta ocupación (tres personas o más)
  • Motocicletas, triciclos y ciclomotores
  • Vehículos de profesionales cuya hora de inicio o de fin de jornada laboral esté fuera del horario de cobertura del transporte público (0:00 a 6:30 horas), acreditado a través de un certificado del empleador
  • Vehículos que dispongan del distintivo “cero emisiones” establecido por la DGT y lo exhiban en lugar visible
  • Vehículos híbridos o propulsados con gas licuado de petróleo o gas natural comprimido
  • Vehículos de personas con movilidad reducida en los que se exhiba la autorización especial correspondiente, con sujeción a las prescripciones y límites establecidos en la autorización especial y siempre que se esté transportando al titular de dicha autorización
  • Servicios esenciales: vehículos de extinción de incendios, salvamento y protección civil, fuerzas y cuerpos de seguridad, agentes de movilidad, ambulancias y vehículos de asistencia sanitaria pública y privada, gestión semafórica y, en general, los que sean precisos para la prestación de servicios públicos básicos (electricidad, agua, gas y telefonía)
  • Vehículos comerciales e industriales para operaciones de distribución urbana de mercancías, con restricciones en función de su masa máxima autorizada (si esta es superior a 3.500 kilogramos, exclusivamente cuando se trate de vehículos híbridos no enchufables o propulsados con gas licuado de petróleo o gas natural comprimido)
  • Vehículos de mudanzas
  • Autobuses, automóviles y furgonetas del parque auxiliar de Madrid Calle 30, EMT y CRTM identificados, para atender incidencias
  • Vehículos para la realización de controles ambientales municipales
  • Vehículos destinados al transporte de detenidos
  • Grúas para el remolque de vehículos
  • Vehículos para la recogida de basuras, limpieza y baldeo viario
  • Vehículos de autoescuelas
  • Vehículos de transporte funerario
  • Unidades móviles de producción y retransmisión audiovisual

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