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Los cinco edificios de alquileres turísticos de Malasaña operan sin licencia

Telefonillo del edificio de Minas 5, donde todos los pisos se alquilan a turistas | SOMOS MALASAÑA

Antonio Pérez

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El agujero legal en torno a las empresas -que no particulares- cuya actividad es la de alquilar pisos a turistas en Madrid es tan grande que, o bien la Administración reacciona de una vez, abandonando su proverbial lentitud, o para cuando quiera tomar cartas en el asunto ya habrán entrado por él agentes de todo tipo. Que hay negocio es todo un hecho y el olor del dinero constituye una llamada lo suficientemente fuerte como para que nuevos interesados sigan la senda de los que han sido pioneros a la hora de meter la cabeza en un nicho todavía al alza y con poco control.

Si hace unas semanas publicábamos en este periódico un reportaje sobre cinco casos de edificios residenciales enteros del área de Malasaña que se habían convertido en pisos para turistas, ahora estamos en condiciones de afirmar que ninguno de ellos posee licencia de actividad para ello, según la Agencia de Gestión de Licencias de Actividades (AGLA) del Ayuntamiento de Madrid.

Para los representantes de las empresas Madrid Central Suites SL y Welcomer Group, las cuales gestionan los edificios a los que nos referimos (Apodaca 5, Palafox 7, Pozas 16, Minas 5 y Corredera Baja de San Pablo 33), no poseen licencia de actividad porque no la necesitarían. Argumentan que les basta con dar de alta individualmente cada uno de los pisos que alquilan en el registro de viviendas turísticas de la Comunidad de Madrid, tal y como debería hacer cualquier particular que decidiera ofrecer su vivienda como alojamiento vacacional, para poder funcionar sin más. Sin embargo, esto no es más que un truco que les posibilita medio legalizar su estado y, sobre todo, escapar al control municipal. Y hablar de truco en estos casos, o directamente de supuesta trampa, no es gratuito, una vez consultada la Ordenanza para la Apertura de Actividades Económicas de la Ciudad de Madrid.

Apartamento o vivienda turística, esa es la cuestión

Apartamento o vivienda turística, esa es la cuestión

La citada ordenanza parece dejar claro que el proceder de estas empresas no se ajusta a norma. Según la misma, los pisos de alquiler vacacional se dividen en apartamentos turísticos y en viviendas turísticas. Estar englobado en una u otra categoría implica obligación de operar con licencia o la ausencia de esa obligación: todo un mundo.

Se consideran apartamentos turísticos los pisos que se encuentran en edificios dedicados en su totalidad al alquiler vacacional o aquellos que cuentan con acceso independizable. A estos se les exige licencia de actividad en el marco de la Ordenanza para la Apertura de Actividades Económicas de la Ciudad de Madrid. “Suponen una alteración del uso urbanístico residencial que implica el ejercicio de una actividad de uso terciario hospedaje”.

Por otra parte, los pisos dedicados al alquiler turístico que estén ubicados en edificios residenciales sí que estarían excluidos de cualquier control urbanístico de actividades a través de licencia.

Con la ordenanza en la mano, y cuestionados al respecto, desde Madrid Central Suites SL, propietarios de cuatro de los cinco edificios de los que hablamos, defienden que sus pisos pueden categorizarse como viviendas turísticas porque estarían reservando alguno de ellos al alquiler de larga duración. Eso, a su parecer, justificaría el uso mixto residencial-vacacional de los edificios y la no consideración de los mismos como apartamentos turísticos. Del mismo modo, desde Welcomer Group (marca de un consorcio inmobiliario latinoamericano) aducen que no todo el edificio del 33 de Corredera Baja de San Pablo está dedicado al alquiler vacacional. En sus respectivas webs ninguna de las dos empresas contempla los alquileres de larga duración como parte de su oferta publicitaria y en el caso de los edificios de Madrid Central Suites, estos cuentan hasta con recepciones atendidas por personal, como sucede en cualquier hotel normal.

“Se está produciendo una gran recalificación”

“Se está produciendo una gran recalificación”

Desde Urbanismo del Ayuntamiento de Madrid reconocen que el tema es “terreno resbaladizo” y que puede dar pie a distintas interpretaciones. Sin embargo, apuntan que “la realización de actividades turísticas sin autorización y la posible competencia desleal debe ser denunciada ante la Administración competente, que es la Dirección General de Turismo de la Comunidad de Madrid”. Dicen también que “la Agencia de Actividades está tramitando procedimientos de disciplina urbanística referidos a esta actividad en los casos en los que se ha constatado su ejercicio careciendo de las preceptivas licencias”.

Mucho menos ambiguo se muestra el concejal presidente del distrito Centro, Jorge García Castaño, para quien “estos casos, evidentemente, funcionan como si el uso fuera hotelero y no residencial”. García Castaño no se queda ahí. Cuestiona la normativa vigente, rechaza la distinción actual entre apartamento y vivienda turística que, como hemos visto, sirve de coladero, y afirma: “No se ajusta a normativa ejercer una actividad económica en usos residenciales. La regulación de la Comunidad de Madrid nos sirve poco para esto, más allá de que estén o no inscritos como viviendas turísticas”.

El concejal adelanta también que en esa línea va a ir la regulación que el Ayuntamiento va a proponer: intentar evitar que lo que es residencial en el Plan General de Ordenación Urbana tenga otros usos. “Esperamos que la Comunidad, que tiene muchas competencias en esto, ayude”. “Lo que se está produciendo es una gran recalificación, ya sea en edificios enteros o pisos sueltos. Cosa distinta es que un propietario pueda sacar rendimiento económico a su propiedad alquilando una habitación o el piso durante temporadas”.

La Comunidad de Madrid, a través de la Dirección General de Turismo, por su parte, ha preferido no pronunciarse sobre el tema, pese a los reiterados intentos realizados por este periódico.

Hace falta una nueva regulación

Hace falta una nueva regulación

Con la legislación actual se podría dar el caso de que todos los propietarios de pisos de un edificio concreto de Malasaña decidieran vender sus casas a una empresa cualquiera que tuviera en mente explotarlos como alquileres para turistas y nadie podría decir nada. Si decidieran vender todos menos uno, ese 'último de Filipinas' podría estar condenado a vivir entre maletas de forma perenne sin que tampoco pudiera decir ni mu. Son ejemplos extremos de lo que podría suceder, improbables quizá pero no imposibles.

No es eso lo que ha pasado con los edificios que gestionan Madrid Central Suites SL y Welcomer Group. Los cuatro de la primera empresa presentaban un estado de deterioro importante, estaban en ruina y con órdenes de ejecución, cuando los rehabilitaron íntegramente y los recuperaron para el turismo, mientras que el de Welcomer Group llevaba años cerrado tras quebrar la empresa propietaria del mismo y quedar éste en manos de un banco que no supo qué hacer con él. En estos casos concretos no se ha echado a nadie de sus casas para alojar a turistas pero ojo que la puerta está abierta y, en cualquier caso, todas esas viviendas han quedado fuera del circuito residencial, que es al que pertenecen por ley.

Retomando nuevamente el tema de la necesidad o no de licencias para este tipo de negocios, nos encontramos con que en enero de 2009, Madrid Central Suites solicitó una al Ayuntamiento para la “implantación del uso Terciario, en su clase de Hospedaje, en la totalidad del edificio” del número 5 de la calle Apodaca, el primero de los que posteriormente abriría. La solicitud acabó en la antigua Área de Gobierno de Urbanismo y Vivienda, para perderse en ella por siempre jamás. Queda claro que por aquel entonces Madrid Central Suites, que trató de operar en ese inmueble gestionando apartamentos turísticos, se dio de bruces contra una Administración sin respuesta. Ocho años después poco ha cambiado la película de la falta de respuesta administrativa, si bien los empresarios interesados en el sector sí que han aprendido lo que deben hacer para sortear la parálisis burocrática, tal y como hemos visto: inscripciones individuales en el registro de Turismo de la Comunidad de Madrid y a correr.

“Hace falta un límite claro, una regulación específica del sector. A la Comunidad de Madrid hay que exigirle una ruta clara para que los que somos serios en este mercado podamos operar con un control y también con una seguridad jurídica para nuestros negocios”. Quien así habla es uno de estos empresarios que gestiona en Madrid edificios enteros de alquiler viviendas turísticas y que prefiere mantener el anonimato.

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Hermán.

Lo que ponéis como calle de las Pozas, 12 es realmente Pozas, 16, si sois malasaña deberíais conocer mejor las calles. Para vuestra información solo existe la calle Manuela Malasaña, el barrio como tal no existe.
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